viernes, 13 de mayo de 2016

El paciente tiene derecho a pedir su historia clínica

(AZprensa) Aunque muchos pacientes aún lo desconozcan, el derecho de acceso a la historia clínica está regulado. La normativa establece que el paciente tiene derecho de acceso a la documentación de la historia clínica y a obtener copia de los datos que figuren en ella, con dos limitaciones: la referida a las anotaciones subjetivas y cuando el ejercicio de este derecho pueda perjudicar el derecho de terceros a la confidencialidad. Sin embargo, no debe entenderse que el derecho de acceso supone la entrega de la historia clínica al paciente, sino un informe o, en su caso, copia de la misma, ya que el profesional o el centro, en su caso, tiene la obligación del deber de custodia de las historias clínicas durante, al menos, cinco años desde el alta del proceso asistencial de cada paciente. Por tanto, siempre se le debe entregar copia de la historia clínica, por el medio que el paciente haya especificado, si fuera posible. De hecho, el Dr. Carlos Elvira, jefe de Servicio de Admisión y Documentación Clínica del Hospital Clínico de Madrid, comenta que “cada día recibimos entre 30 y 40 solicitudes diarias de pacientes que piden una copia”. 

No hay comentarios: